Las dos unidades con las que se regulan honorarios en la Justicia Nacional: la de los abogados y la de los mediadores. El valor de hoy, la norma que lo fija y la serie entera, leída de los actos.
Cargando las series…
«…el valor de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) equivale a la suma de pesos ciento cinco mil novecientos noventa y uno ($105.991) a partir del primero de agosto de 2026».
Para citar una regulación vieja hace falta el valor que regía entonces, no el de hoy. Y hace falta saber que ese valor puede no haber existido todavía el día en que la regulación se dictó.
La tabla también puede traer valores ya publicados que todavía no rigen: el Ministerio publica el UHOM por trimestres, así que en septiembre ya se conocen octubre, noviembre y diciembre. Van apagados y dichos, y el resaltado marca el que rige hoy.
| Valor | Rige desde | Norma | Fecha del acto |
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| Valor | Rige desde | Tabla |
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La serie no está copiada de ninguna tabla ajena. Los valores de la UMA salen de las acordadas y resoluciones de la Corte, leídos del punto resolutivo de cada acto. Los del UHOM salen de las tablas históricas que publica el Ministerio de Justicia. De ahí sale también la fecha del acto, que no se puede armar sin tener los dos documentos.
Cada valor del UHOM se leyó por su forma y no por su etiqueta: es el único número de la tabla que aparece también multiplicado por dos y por treinta —el honorario provisional son dos unidades y la primera franja de la escala, treinta—. Un valor mal leído no cierra contra los otros dos. Hizo falta porque el formato de la tabla cambió seis veces en diez años.
Las dos series están versionadas en el repositorio, en serie-uma.json y serie-uhom.json, con la norma al lado de cada valor y con lo que se sabe de cada una anotado adentro. Un control automático les exige, en cada commit, que ninguna vigencia se repita, que ningún valor sea menor que el anterior y que siempre haya alguno vigente.
Con el valor a la vista, lo que sigue suele ser la cuenta.
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