docs/domain/.04 — Modelo del Dominio
Descripción General
Este documento describe las entidades jurídicas que componen el dominio de cálculo de honorarios bajo la Ley 27.423 (Honorarios Profesionales, Procuradores y Auxiliares de Justicia de la Nación Argentina). Cada entidad representa un concepto del mundo legal, no una implementación técnica.
Verificado el 5/8/2026 contra el texto de la ley, que está en 00_LEY_27423.md. No tenía errores de fondo: se precisó el art. 30 —el 40 % exige revocación en todas sus partes en favor del apelante— y se agregó la adecuación de oficio de las regulaciones de primera instancia.
1. Base Regulatoria
Qué es: El valor monetario de referencia sobre el cual se aplican las escalas de honorarios. También denominada "cuantía del asunto".
Attributes:
- Monto en pesos: Valor numérico expresado en moneda nacional.
- Tipo de proceso: Determina cómo se obtiene la base (art.22, art.23, art.35, art.39, art.40, art.43, art.45, art.46).
- Puede ser reducida antes de entrar a la escala: En ciertos supuestos la base se reduce según art.22 o art.40 antes de calcular el porcentaje.
Reglas de obtención por tipo de proceso:
| Tipo de proceso | Fuente legal | Cálculo de la base |
|---|---|---|
| Conocimiento (sumas de dinero) | Art.22 | Monto reclamado |
| Conocimiento (desalojo) | Art.22 | Total de alquileres adeudados + mejoras |
| Sucesión | Art.35 | Valor del patrimonio sucesorio |
| Ejecutivo | Art.40 | Monto del título + intereses |
| Medida cautelar | Art.39 | Monto a asegurar |
| Alimentos | Art.43 | 2 años de la cuota alimentaria |
| Homologación desocupación | Art.45 | Total de alquileres |
| Exhorto | Art.46 | Parte que corresponde |
Relaciones:
- Se expresa en UMA para entrar a la Escala.
- Puede ser modificada por Transformaciones (reducciones) antes del cálculo.
2. UMA (Unidad Monetaria de Actualización)
Qué es: La unidad de cuenta utilizada para expresar todos los montos en el marco de la Ley 27.423. Funciona como unidad de medida monetaria que permite uniformizar los cálculos.
Attributes:
- Valor en pesos: Monto en pesos que equivale a 1 UMA. Se actualiza periódicamente.
- Fecha de vigencia: Desde cuándo rige el valor cargado.
- Fuente: Puede provenir de carga manual o de consulta a Google Sheets.
Valores de referencia:
- Valor inicial (fecha de sanción de la ley): $92.482
- Se carga automáticamente desde Google Sheets o se ingresa manualmente.
Relaciones:
- Todas las Bases Regulatorias se convierten a UMA antes de entrar a la Escala.
- Los Mínimos Arancelarios se expresan en UMA.
- Los montos finales de honorarios se convierten de UMA a pesos.
3. Escala (Art. 21)
Qué es: Tabla progresiva de porcentajes que determina los honorarios según la cuantía expresada en UMA. Tiene 7 tramos.
Attributes por tramo:
- Nro. de tramo: Del 1 al 7.
- Límite inferior en UMA: Monto mínimo del tramo.
- Límite superior en UMA: Monto máximo del tramo.
- Porcentaje mínimo (%): Tasa mínima aplicable al excedente.
- Porcentaje máximo (%): Tasa máxima aplicable al excedente.
Lógica de cálculo (progresiva):
- Se identifica en qué tramo cae la base en UMA.
- El mínimo del tramo = máximo del tramo anterior + (porcentaje mínimo × excedente sobre tramo anterior).
- El máximo del tramo = máximo del tramo anterior + (porcentaje máximo × excedente sobre tramo anterior).
- Los honorarios están dentro del rango [mínimo, máximo] del tramo.
Relaciones:
- Recibe la Base Regulatoria ya expresada en UMA.
- Produce un monto de honorarios (mínimo y máximo) que se aplica al Patrocinante.
- Puede ser modificada por Transformaciones (factor de escala).
4. Patrocinante (Abogado Patrocinante)
Qué es: El abogado que asesora jurídicamente al cliente. Es el destinatario principal de los honorarios calculados desde la escala.
Attributes:
- Honorarios de escala: Monto resultante de aplicar la escala a la base.
- Etapas completadas: Determina el porcentaje del total que le corresponde según las etapas del proceso (art.29):
- Juicio completo (1 etapa): 100% del total.
- Una etapa (1/3): 33,33% del total.
- Dos etapas (2/3): 66,66% del total.
- Transformaciones aplicables: Puede recibir reducciones de escala (factorEscala) y reducciones finales (factorFinal).
Relaciones:
- Es el base de cálculo para el Apoderado y el Procurador.
- Recibe el resultado de la Escala.
- Sus honorarios pueden ser reducidos por Transformaciones.
5. Apoderado
Qué es: El abogado que representa judicialmente al cliente. Recibe una participación adicional sobre los honorarios del patrocinante.
Attributes:
- Porcentaje adicional: 40% sobre el monto del patrocinante (factor 1,4×).
- Art.20 — Caso especial: Si el mismo abogado actúa como apoderado sin patrocinante, recibe la suma de ambos conceptos (100% patrocinante + 40% apoderado = 140% del patrocinante).
Relaciones:
- Se calcula sobre los honorarios del Patrocinante.
- Si no hay patrocinante, el apoderado absorbe ambos roles.
6. Procurador
Qué es: El procurador es el representante técnico que actúa ante el tribunal en nombre del cliente. Es una figura distinta al abogado.
Attributes:
- Porcentaje: 40% sobre los honorarios del patrocinante (factor 0,4×).
- Art.20.
Relaciones:
- Se calcula sobre los honorarios del Patrocinante.
- Es independiente del Apoderado.
7. Auxiliares de Justicia
Qué es: Peritos, liquidadores, martilleros, y demás profesionales que colaboran con el tribunal. Sus honorarios se calculan de manera diferente a los del abogado.
Attributes:
- Porcentaje sobre la base: Entre 5% y 10% de la Base Regulatoria (NO de los honorarios del abogado).
- Mínimos especiales: Art.58, art.60, art.61 bis — establecen montos mínimos fijos en UMA.
Relaciones:
- Se calculan sobre la Base Regulatoria (no sobre honorarios de patrocinante).
- Pueden tener Mínimos Arancelarios aplicables (art.58).
- Son independientes de patrocinante, apoderado y procurador.
8. Segunda Instancia
Qué es: Los honorarios correspondientes a la apelación o segunda instancia del proceso.
Attributes:
- Porcentaje base: Entre 30% y 35% de los honorarios de primera instancia.
- Sentencia revocada: si la alzada revoca la de primera instancia en todas sus partes y en favor del apelante, el porcentaje va del 30% al 40%. El calificativo es del art. 30 y no es decorativo: una revocación parcial no habilita el 40%.
- Adecuación de oficio: si la sentencia se revoca o modifica, el tribunal de alzada debe además rehacer de oficio las regulaciones de primera instancia según el nuevo resultado (art. 30, párrafo segundo).
- Art.30.
Relaciones:
- Se calcula sobre los honorarios de primera instancia (Patrocinante + Apoderado + Procurador).
- Es una instancia adicional, no reemplaza a la primera.
9. Partidor
Qué es: El profesional designado para dividir los bienes en un juicio sucesorio. Solo aplica en procesos de sucesión.
Attributes:
- Porcentaje: Entre 2% y 3% de la base.
- Art.35, última parte.
Relaciones:
- Solo se aplica cuando el Tipo de Proceso es sucesión.
- Se calcula sobre la Base Regulatoria (patrimonio sucesorio en UMA).
10. Contingencias Procesales
Qué es: Las circunstancias del caso concreto que modifican el resultado del cálculo de honorarios. Representan decisiones del usuario sobre hechos del proceso.
Attributes:
| Contingencia | Valores posibles | Efecto |
|---|---|---|
| modoTerminacion | sentencia, modos_anormales, caducidad, provisorios |
Determina qué tabla de etapas se aplica y si hay reducción. |
| sentenciaResultado | admitida, rechazada |
En ejecutivo: si se rechaza, la base se reduce a 1/3 (art.40). |
| aperturaPrueba | antes, después |
En ejecutivo: afecta la etapa completada. |
| caducidadCriterio | art22, art25 |
Determina la reducción aplicable por caducidad. |
| tuvoExcepciones | si, no |
Puede afectar las etapas del proceso. |
| sucesionUnicoLetrado | si, no |
En sucesión: si hay un solo letrado, se aplica regla especial. |
| medidaOposicion | si, no |
En medida cautelar: si hubo oposición, cambia la base. |
| homologacionVivienda | si, no |
En homologación desocupación: reduce base si vivienda habitual. |
Relaciones:
- Modifican la Base Regulatoria antes de entrar a la Escala.
- Determinan qué Etapas del Proceso se aplican.
- Pueden activar Transformaciones (reducciones).
11. Transformaciones (Reducciones)
Qué es: Los factores de reducción que se aplican en distintas etapas del cálculo para modificar los honorarios según las circunstancias del caso.
Types de transformaciones:
| Tipo | Valores | Cuándo se aplica |
|---|---|---|
| Reducción de base | 0,7 / 0,8 | Antes de entrar a la escala (art.22, art.40). |
| Factor de escala | 0,5 | Modifica los porcentajes de la escala en ciertos casos. |
| Factor final | 0,9 / 0,8 / 0,75 | Se aplica al total de honorarios después del cálculo. |
Relaciones:
- Las reducciones de base modifican la Base Regulatoria.
- El factor de escala modifica la Escala.
- El factor final modifica los honorarios de Patrocinante, Apoderado y Procurador.
12. Tipo de Proceso
Qué es: La clasificación del proceso judicial que determina qué reglas de cálculo aplican.
Types principales:
| Tipo | Descripción |
|---|---|
conocimiento |
Juicio ordinario de conocimiento. |
ejecucion_sentencia |
Ejecución de sentencia firme. |
ejecutivo |
Juicio ejecutivo (título ejecutivo). |
sucesión |
Sucesión testamentaria o intestada. |
exhorto |
Comisión rogatoria / exhorto. |
incidente |
Incidente dentro de un proceso principal. |
medida_cautelar |
Medida cautelar individual. |
homologacion_desocupacion |
Homologación de desocupación (art.45). |
Types para mínimos arancelarios:
| Tipo | Tabla de mínimos |
|---|---|
judicial |
Procesos judiciales con mínimos fijos. |
extrajudicial |
Actuaciones extrajudiciales. |
art58 |
Auxiliares de justicia (art.58). |
recursos_csjn |
Recursos ante la CSJN. |
auxiliares |
Tabla específica de auxiliares. |
Relaciones:
- Determina qué Base Regulatoria se utiliza.
- Determina qué Etapas del Proceso aplican (art.29).
- Determina si hay Mínimos Arancelarios aplicables.
- Determina si corresponde Partidor (solo sucesión).
13. Objeto del Juicio
Qué es: La naturaleza de lo que se reclama en un juicio de conocimiento. Solo aplica para este tipo de proceso.
Types:
| Objeto | Descripción |
|---|---|
desalojo |
Desalojo / restitución de inmueble. |
sumas_dinero |
Reclamo de sumas de dinero. |
inmuebles |
Reclamo relacionado con inmuebles. |
derechos_crediticios |
Derechos y créditos. |
titulos_acciones |
Títulos valores y acciones. |
establecimientos |
Establecimientos comerciales. |
uso_habitacion |
Uso y habitación. |
escrituracion |
Escrituración. |
familia_alimentos |
Alimentos en derecho de familia. |
familia_liquidacion |
Liquidación en derecho de familia. |
posesorias_interdictos |
Interdictos posesorios. |
incidencia_colectiva |
Incidencia colectiva. |
Relaciones:
- Solo se usa cuando el Tipo de Proceso es
conocimiento. - Determina la regla para obtener la Base Regulatoria (art.22).
- Puede activar Contingencias Procesales específicas (ej:
homologacionViviendapara desalojo).
14. Etapas del Proceso
Qué es: Las etapas en que se divide un proceso judicial, que determinan qué porcentaje de los honorarios totales corresponde según cuántas etapas se completaron.
Attributes:
| Etapa | Porcentaje | Descripción |
|---|---|---|
| Juicio completo | 100% | Se completaron todas las etapas del proceso. |
| Una etapa (1/3) | 33,33% | Solo se completó una de las etapas. |
| Dos etapas (2/3) | 66,66% | Se completaron dos de las tres etapas. |
Art.29 — Distribución de etapas por tipo de proceso:
Cada tipo de proceso define cuántas etapas tiene y cuáles son. Por ejemplo:
- Juicio de conocimiento: generalmente 3 etapas (instructiva, admisión de pruebas, sentencia).
- Juicio ejecutivo: generalmente 2 etapas.
- Medida cautelar: generalmente 1 etapa.
Relaciones:
- Determinan el porcentaje que recibe el Patrocinante.
- Se aplican según el Tipo de Proceso.
- Pueden ser modificadas por Contingencias Procesales (ej: modo de terminación).
15. Mínimos Arancelarios
Qué es: Montos fijos en UMA que establecen un piso mínimo de honorarios para procesos sin cuantía pecuniaria o para actuaciones específicas.
Types de tablas de mínimos:
| Tabla | Fuente legal | Aplicación |
|---|---|---|
| Judicial | Art.48 | Procesos judiciales sin cuantía. |
| Extrajudicial | Art.44 | Actuaciones fuera del proceso judicial. |
| Art.58 | Art.58 | Auxiliares de justicia. |
| Art.48 (recursos) | Art.48 | Recursos ante la CSJN. |
| Art.31 | Art.31 | Segunda instancia. |
| Art.44 | Art.44 | Casos especiales. |
Attributes por mínimo:
- Tipo de proceso o actuación: Para qué se aplica.
- Monto en UMA: Valor fijo mínimo.
- Fecha de vigencia: Desde cuándo rige.
Relaciones:
- Se comparan con los honorarios calculados por la Escala.
- Si los honorarios calculados son menores al mínimo, se aplica el mínimo.
- Los mínimos se expresan en UMA.
Diagrama de Relaciones entre Entidades
┌─────────────────────────────────────────────────────────┐
│ TIPO DE PROCESO │
│ (conocimiento, ejecutivo, sucesión, etc.) │
└──────────┬──────────────────────────┬───────────────────┘
│ │
▼ ▼
┌─────────────────────┐ ┌──────────────────────────────┐
│ OBJETO DEL JUICIO │ │ CONTINGENCIAS PROCESALES │
│ (solo conocimiento)│ │ (modoTerminacion, resultado, │
└──────────┬──────────┘ │ aperturaPrueba, etc.) │
│ └──────────┬───────────────────┘
│ │
▼ ▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ BASE REGULATORIA │
│ (cuantía del asunto, expresada en pesos) │
└──────────┬───────────────────────────────────────────────┘
│
│ Se reduce según Transformaciones
▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ TRANSFORMACIONES (Reducciones) │
│ (factorBase: 0.7, 0.8 — antes de la escala) │
└──────────┬───────────────────────────────────────────────┘
│
│ Se convierte a UMA
▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ UMA │
│ (Unidad Monetaria de Actualización) │
└──────────┬───────────────────────────────────────────────┘
│
▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ ESCALA (Art.21) │
│ 7 tramos, porcentajes progresivos │
│ Recibe: base en UMA + factorEscala │
│ Produce: honorarios (mínimo y máximo) │
└──────────┬───────────────────────────────────────────────┘
│
│ Se aplica según Etapas del Proceso
▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ HONORARIOS DEL PATROCINANTE │
│ (monto base × etapa completada × factorFinal) │
└───┬──────────────┬──────────────┬───────────────────────┘
│ │ │
▼ ▼ ▼
┌────────┐ ┌────────────┐ ┌────────────┐
│APODERADO│ │ PROCURADOR │ │ AUX. JUST. │
│ (+40%) │ │ (40%) │ │ (5%-10% │
│ │ │ │ │ base) │
└───┬────┘ └─────┬──────┘ └─────┬──────┘
│ │ │
▼ ▼ ▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ HONORARIOS TOTALES │
│ Patrocinante + Apoderado + Procurador + Auxiliares │
└──────────┬───────────────────────────────────────────────┘
│
│ Si aplica segunda instancia
▼
┌──────────────────────────────────────────────────────────┐
│ SEGUNDA INSTANCIA │
│ 30%-35% de primera instancia (hasta 40% si revocada) │
└──────────────────────────────────────────────────────────┘
Notas Finales
- Mínimos Arancelarios actúan como piso: si los honorarios calculados son inferiores al mínimo, se aplica el mínimo.
- Las Transformaciones pueden aplicarse en distintos momentos: antes de la escala (reducción de base), sobre la escala (factor de escala), o al total (factor final).
- El Partidor es una figura exclusiva de la sucesión y se calcula independientemente del patrocinante.
- Los Auxiliares de Justicia se calculan sobre la base, no sobre los honorarios del abogado.
- La Segunda Instancia es acumulativa: se suma a los honorarios de primera instancia.
Documento generado conforme a la Ley 27.423 y su Decreto Reglamentario 218/2015.