Documento de dominio: el razonamiento normativo detrás de las reglas que aplica el motor. Se mantiene junto al código, en docs/domain/.

Matriz comparativa de procesos

Documento de dominio — Ley 27.423

Los ocho procesos, uno al lado del otro. Es el documento para mirar de un vistazo qué aplica a cada uno; el 01 va en profundidad proceso por proceso y el 05 va por el código.

Verificado el 7/8/2026 contra el motor y contra lib/legal/minimos-data.ts. Lo que se corrigió está al final: entre otras cosas, decía que el 25 % y el 50 % de la medida cautelar dependen de que la cautelar «se despache» o «se rechace», que no es lo que dice el art. 37 ni lo que hace el motor.


La matriz

Proceso Clave Base Escala art. 21 Sobre la base Sobre la escala Sobre el honorario Roles Auxiliares 2ª inst. Partidor Provisorios
Conocimiento conocimiento Sí, según el objeto Sí art. 40 −20 % vivienda · art. 22 −30 % demanda desestimada o caducidad art. 22 art. 25 −50 % antes de la prueba art. 38 −20 % posesorias · art. 49 −25 % colectivo los 3 Sí Sí No Sí
Ejecución de sentencia ejecucion_sentencia Sí, el monto de la sentencia Sí art. 22 −30 %, igual que el conocimiento art. 41 −50 % siempre · art. 25 −50 % art. 34 −10 % sin excepciones los 3 Sí Sí No Sí
Ejecutivo ejecutivo Sí, el monto del título Sí art. 22 −30 %, igual que el conocimiento art. 25 −50 % antes de la prueba art. 34 −10 % sin excepciones los 3 Sí Sí No Sí
Sucesión sucesion Sí, el patrimonio que se transmite Sí ninguna art. 35 −50 % único letrado ninguna los 3 Sí Sí Sí, 2-3 % No
Medida cautelar medida_cautelar Sí, el monto a asegurar Sí ninguna art. 37: se toma el 25 % de la escala, o el 50 % si hubo oposición ninguna los 3 Sí No No No
Homologación de desocupación homologacion_desocupacion Sí, los alquileres del contrato Sí art. 40 −20 % si es vivienda art. 40: 50 % de la escala, siempre ninguna los 3 Sí No No No
Exhorto exhorto No; el monto del exhortante es pauta, no base Solo como referencia, en el inc. c) — — — los 3, la misma cifra del inciso Solo en el inc. c) y si consta el monto No No No
Incidente incidente Sí No: 2 % a 20 % directo ninguna — ninguna solo patrocinante No No No No

Cómo leer las tres columnas de reducciones. Son las tres etapas del cálculo, y el orden importa: una quita sobre la base no da lo mismo que la misma quita sobre la escala, porque la escala es progresiva y reducir la base puede cambiar de tramo. Dentro de cada etapa se multiplican, no se suman.

Los tres roles son alternativos entre sí, no acumulativos: patrocinante, apoderado (× 1,40) o procurador (× 0,40). No hay un total general.


Lo que conviene no leer mal

Ejecución de sentencia y ejecutivo sí tienen reducciones de base. Se pregunta la terminación igual que en el conocimiento, así que la demanda desestimada y la caducidad por criterio del art. 22 les reducen la base un 30 %. resolveReglas() les activa las mismas banderas.

El art. 37 no es una reducción. Dice qué porcentaje de la escala se toma como base: el 25 %, elevado al 50 % «en casos de controversia u oposición». Reducir un 25 % dejaría el 75 %; acá se aplica el 25 %. Y no depende de que la cautelar prospere o no: depende de que el afectado se haya opuesto.

El −50 % del art. 41 es incondicional en la ejecución de sentencia. No depende de nada que se pregunte.

El 2 %-20 % del incidente es un rango plano, no una escala por tramos. Y no sale de la Ley 27.423: su art. 47 —incidentes entre el 8 % y el 25 % del principal— fue observado por el Decreto 1077/2017 y nunca rigió. El 2 %-20 % viene del art. 33 de la Ley 21.839 y se aplica a todos los incidentes, como criterio declarado.

Los provisorios no reducen nada. El art. 12 no cambia ningún factor: hace que solo se enuncie el mínimo. Solo existen en los tres procesos que preguntan la terminación.

La segunda instancia sale siempre en los cuatro procesos que la tienen, en la misma pasada: 30 % del mínimo, 35 % del máximo, y 40 % solo si la sentencia se revocó en todas sus partes en favor del apelante.

El partidor sale siempre en la sucesión, sin preguntar nada, y es independiente del honorario del letrado.


Los mínimos arancelarios

Pantalla de consulta aparte: sin base, sin escala, sin reducciones. Los valores son los de lib/legal/minimos-data.ts.

Art. 19 inc. a — asuntos judiciales sin apreciación pecuniaria

Concepto UMA
Información sumaria 2
Trámite administrativo ante autoridad de aplicación 2
Trámite ante la Inspección General de Justicia 3
Presentación de denuncias penales con firma de letrado 8
Divorcio 10
Veeduría 10
Incidente de excarcelación o exención de prisión, audiencia de control de detención o medidas de coerción 10
Pedido y audiencia de suspensión de juicio a prueba 10
Acta de juicio abreviado 15
Actuación hasta la clausura de la instrucción o de control de la acusación 15
Adopción 20
Tutela 20
Actuación desde la clausura de la instrucción o del control de la acusación hasta la sentencia 20
Acción sobre efectos del divorcio y responsabilidad parental 25
Restricciones a la capacidad e inhabilitación 25
Reclamación e impugnación de filiación 25
Acciones de estado y familia 25
Acción de incidencia colectiva, hábeas corpus, hábeas data 25

Art. 19 inc. b — labor extrajudicial

Concepto UMA
Consulta verbal 0,5
Gastos administrativos de estudio para iniciación de juicios 0,5
Consulta con informe 1
Redacción de carta documento 1
Arreglo extrajudicial 1
Estudio o información de actuaciones judiciales o administrativas 1,5
Asistencia y asesoramiento del cliente en la realización de actos jurídicos 1,5
Redacción de contrato de locación 2
Redacción de otros contratos 2
Asistencia a una audiencia de mediación o conciliación 2
Redacción de boleto de compraventa 3
Redacción de denuncia penal sin firma de letrado 3
Redacción de contrato o estatuto de sociedades comerciales, asociaciones o fundaciones, y constitución de personas jurídicas en general 5

Los demás

Artículo Concepto UMA
31 Queja por denegación de recurso 15
31 Interposición de recurso extraordinario y similares ante la CSJN 20
44 Actuaciones administrativas 5
44 Acciones contencioso administrativas 7
48 Inconstitucionalidad, amparo, hábeas data, hábeas corpus, cuando no puedan regularse por la escala del art. 21 20
58 a) Procesos de conocimiento 10
58 b) Ejecutivos 6
58 c) Mediación 2
58 d) Auxiliares de la Justicia 4
60 Peritos y liquidadores de averías, en procesos no susceptibles de apreciación pecuniaria 2
61 bis Peritos, por cada pericia 2
61 bis Peritos que aceptaron el cargo y no presentaron dictamen por transacción, avenimiento o conciliación 1/4

El art. 58 no es «la tabla de los auxiliares». Fija mínimos para juicios susceptibles de apreciación pecuniaria no previstos en otros artículos, y los auxiliares son uno de sus cuatro incisos.

Los arts. 60 y 61 bis son texto con reforma publicada el 6/3/2026. El 61 bis desvincula el honorario del perito de la cuantía del juicio y del porcentaje de incapacidad que dictamine.


Una advertencia sobre esta tabla

El motor no compara estos mínimos contra el resultado del cálculo. calculate.ts no importa minimos-data.ts y no hay ninguna verificación de piso: un resultado puede quedar por debajo de un mínimo legal sin que la app lo diga. Está en PLAN_COBERTURA_LEY.md, punto 8.

Y una advertencia más: estas cifras están verificadas contra minimos-data.ts, no contra la ley. Ese archivo dice ser copia fiel del asistente clásico, y que sea fiel a la copia no prueba que sea fiel a la norma. Son unas cuarenta cifras que todavía nadie controló contra el texto.


Qué decía este documento y no era así